Política

Lunes 04 de Febrero de 2008
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Semana clave para la vida institucional de Tucumán

Mañana vence el plazo para que la Cámara en lo Contencioso Administrativo emita un fallo en la causa iniciada por el Colegio de Abogados contra la Carta Magna. La opinión de constitucionalistas.

Casi no queda margen para especulaciones políticas o jurídicas en el marco de una que podría significar una bisagra para las instituciones de la provincia.
Mañana vence el plazo para que la letra fría de una sentencia judicial, en este caso de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo (CCA), imponga claridad sobre la causa que enfrenta al Colegio de Abogados y el Gobierno de la provincia desde hace casi dos años.
Los ejes del conflicto, que comenzó en mayo de 2006, son tres artículos de la Carta Magna reformada ese año con una abrumadora mayoría oficialista en la Asamblea Constituyente.
La institución colegiada objetó judicialmente los apartados constitucionales referidos a la integración del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) y del Jurado de Enjuiciamiento (JE), con preeminencia política y dentro del capítulo sobre deberes y atribuciones del Poder Ejecutivo.
Además, cuestionaron la legalidad del sistema de enmiendas para futuras modificaciones del Texto Constitucional, mediante la sanción de normas con dos tercios de los votos de la Legislatura.

Tiempo agotado

Los miembros de la Sala II de la CCA, Carlos Giovanniello y Rodolfo Novillo, no cuentan con más tiempo para dilatar la resolución del caso, bajo amenaza de ser pasibles de una presentación de juicio político en contra "por negación de justicia", según advirtieron en la Casa de Gobierno. Esto debido a que el fiscal de Estado, Francisco Sassi Colombres, presentó un planteo de pronto despacho el 10 de diciembre de 2007 para que en un término perentorio de 15 días hábiles, el cual vence mañana, los camaristas decidan la cuestión de fondo.
EL SIGLO recogió la opinión de los abogados constitucionalistas y docentes universitarios Carmen Fontán y Rodolfo Burgos, para que reflexionen sobre las posibles consecuencias que acarreará el fallo de Giovanniello y Novillo para las instituciones de Tucumán.

Excesos constituyentes

Burgos comenzó su análisis señalando que "los términos de la acción iniciada por el Colegio de Abogados sacaron a la luz los excesos de los convencionales constituyentes tucumanos, que plantearon innovaciones en el texto constitucional que no estaban incluidas en la ley que declaró la necesidad de la reforma". En tal sentido, recordó que "respecto al CAM y el JE, los convencionales decidieron instaurar ese órgano dentro del capítulo correspondiente al PE, cuando la ley de necesidad de la reforma lo incorporaba dentro de las atribuciones del Poder Judicial. Creo que no se podía hacer eso y que el fallo de la Cámara así lo confirmará", sentenció. Burgos entiende que otro exceso cometido por los constituyentes fue incorporar un procedimiento de enmiendas mediante normas de la Legislatura, aún cuando ello tampoco estaba establecido en la ley que declaró necesario avanzar con la modificación de la Carta Magna. Añadió que ese cambio implica, además, "una medida contraria a toda nuestra cultura jurídica, basada en la rigidez que implica reformar la Constitución por mecanismos diferentes del aplicado en la sanción de leyes".
El constitucionalista opinó que "esta será una sentencia que le marcará claramente a la mayoría circunstancial que gobierna Tucumán que los excesos jurídicamente se pagan caro. Toda la teoría constitucional desde sus orígenes intentó salvaguardar a las instituciones de las mayorías circunstanciales. En Tucumán, en cambio, vivimos un proceso que es exactamente a la inversa de ese modelo, porque una mayoría circunstancial procura avanzar contra todas las instituciones", concluyó.

Temor en la Justicia

Tras aclarar que su postura es parcial, dado que efectuó un planteo paralelo al del Colegio de Abogados contra la Carta Magna, la constitucionalista Fontán reflexionó: "De salir un fallo favorable al reclamo de los abogados, será importante para el fortalecimiento de las instituciones y el sistema republicano, porque la demanda busca la independencia efectiva del Poder Judicial respecto del poder político".
La docente de la UNT agregó que "hoy el temor está instalado en el Poder Judicial y el Gobierno no ha cesado, no sólo a través de la reforma, sino con la permanente presión a los magistrados para que se jubilen, en su afán de adueñarse de la Justicia. El Jurado de Enjuiciamiento es un pelotón de fusilamiento, tal como lo plasmaron los Constituyentes tucumanos, quienes le dieron un cheque en blanco al Gobernador", disparó.
Por último, advirtió que si el fallo es a favor del PE, "estaremos ante un lamentable naufragio de la democracia y de la república en Tucumán, porque sin Justicia independiente no hay ninguna posibilidad de crecimiento y menos aún de seguridad jurídica para los tucumanos".

 

La postura del Ejecutivo

En diálogo con EL SIGLO, el fiscal de Estado Francisco Sassi Colombres prefirió no emitir una opinión sobre el inminente fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo respecto a los artículos constitucionales objetados por el Colegio de Abogados.

Sin embargo, el funcionario aclaró que en esta causa “no está en juego el método para la designación de los jueces en la provincia, sino un sistema de preselección”.

En este sentido, Sassi Colombres aclaró que “con o sin el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), el modelo implicará que el Poder Ejecutivo sea el que elija a los postulantes a ocupar vacantes para que la Legislatura preste acuerdo. La única diferencia es que si rige el CAM los postulantes serán sugeridos por las instituciones que lo integren”, agregó. Por otro lado, el fiscal de Estado admitió que, ante un eventual fallo que impida la integración del CAM “en caso de que sea necesario cubrir alguna vacante judicial, cabe la posibilidad de que, entre otras opciones también válidas, se  apele al mecanismo que regía antes de la reforma Constitucional”.

Finalmente, el Fiscal de Estado reiteró que el PE tiene previsto recurrir, en caso de una sentencia adversa, a la Corte Suprema, tanto provincial como nacional.

 

 

Por Fabián López
Lunes 04 de Febrero de 2008
Sección: Política

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