Política

Jueves 16 de Octubre de 2008
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El Colegio de Abogados no quiere una Ley de subrogancias

Según la institución sólo la Corte Suprema de Justicia tiene potestad para designar jueces en los despachos vacantes en tribunales.

Mediante una resolución del Consejo Directivo, el Colegio de Abogados de Tucumán estimó que la Legislatura no tiene potestad para dictar una ley de subrogancias que permita cubrir las vacantes en el Poder Judicial.
Según los profesionales, la Corte Suprema de Justicia es "la única autoridad con atribuciones y competencia suficientes para disponer las medidas transitorias y de emergencia que resulten adecuadas con la finalidad de evitar que esta situación (se refieren a los juzgados vacantes) lleguen a producir una crónica e irremediable alteración de funcionamiento de uno de los poderes del Estado".
En síntesis, los abogados no quieren ninguna injerencia política en la designación de jueces, hasta tanto se defina el proceso constitucional que se implementará para conformar el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM).

¿Nuevos planteos?

Inclusive, a través del documento que emitieron, se intuye que cualquier avance parlamentario en ese sentido podría desembocar en nuevas presentaciones judiciales por inconstitucionalidad, con lo cual se corre el peligro de ingresar en un abismo sin fondo, ya que sería imposible encontrar una salida a los despachos vacíos en tribunales.
Para el Colegio de Abogados, que conduce Antonio Bustamente, "se está produciendo una grave alteración en el normal funcionamiento del Poder Judicial por la jubilación de magistrados, con la consiguiente lesión de los derechos de los justiciables, en tanto se les restringe el acceso a la Jurisdicción al privar a este Poder de una dotación de magistrados en cantidad y calidad adecuada a las necesidades de la población".
Hasta ahí el diagnóstico, que pocos pueden cuestionar a la luz de las declaraciones de Antonio Gandur, presidente de la Corte Suprema, el gobernador José Alperovich y el presidente del Poder Legislativo, Juan Manzur, quienes admiten en público que el problema es grave y puede agravarse aún más.

Nada de legislar

Ahora bien, según los abogados, "la situación aquí denunciada impide buscar en la vía legislativa mecanismos que cumpliendo los resguardos constitucionales para la selección de magistrados, posibilite la designación de aquellos que debieran integrarse al Poder Judicial para cubrir necesidades de subrogancias transitorias por licencias o vacancias en la magistratura". Traducido, la Legislatura no tiene nada que hacer en medio de todo este lío que nadie sabe cómo encarrilar, y como si hiciera falta más argumentos, la resolución dice claramente: "Por cierto, a tenor del artículo 6° de la Ley 6238, todos los magistrados del Poder Judicial sin distinción entre subrogantes o definitivos deberán reunir los requisitos que la Constitución y las Leyes establezcan".

El pedido a la Corte

Así planteada la situación, los letrados interpretan que el artículo 13, inciso 9 de la Ley 6238, habilita a la Corte Suprema a elegir un sistema de selección de jueces. Por ese motivo, pidieron  al máximo tribunal que provea "con la debida antelación, la integración de tribunales y la suplencia en juzgados, en los cuales existan o se produzcan vacantes, a efectos de evitar la suspensión de la normal prestación del servicio de Justicia. Ello hasta tanto que judicialmente interpretado en forma definitiva lo relativo a los recaudos y procedimientos constitucionalmente exigibles para la designación de magistrados".
Además, solicitaron una audiencia ante la Corte para plantearles de manera directa la propuesta y manifestaron que la resolución  se dictó “en virtud de la naturaleza jurídica y de las funciones delegadas por Ley en nuestra institución, aportando con la misma lo necesario para el diseño de una administración de justicia que goce de credibilidad, independencia, eficiencia y eficacia”.

Culpas compartidas

Desde la Legislatura hubo demoras para avanzar en el tan mentado proyecto de subrogancias, y el Colegio de Abogados salió dispuesto copar la partida con una resolución que, más allá de las consideraciones técnicas y jurídicas, tiene un fuerte condimento político.
Por su parte, los integrantes de la Corte tampoco mostraron voluntad, más allá de lo que expresaron en sus respectivos votos en la causa del CAM, de resolver el problema por iniciativa propia.

Una postura que fue anticipada 

Algunos constitucionalistas como Luis Iriarte, crítico permanente del Gobierno, vale recordar, concuerda con el planteo del Colegio de Abogados.
Según su visión, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia "puede y debe dictar una acordada disponiendo que los magistrados y funcionarios jubilados, conserven su estado judicial porque así lo prevé la Ley 24.018, llamándolos a ocupar el cargo hasta tanto se dicte la Ley reglamentaria del Consejo Asesor de la Magistratura y se seleccione por concurso a los nuevos magistrados.
Los jueces y funcionarios jubilados que sean convocados, no pueden negarse a cumplimentar esta acordada, porque tal responsabilidad es una carga pública insoslayable".
En materia jurídica, Iriarte sostiene su posición en que, los integrantes de la Corte, como cabeza del Poder Judicial, referenciado en tal caso en los artículos 110 y 121 de la Constitución Provincial artículo 13 de la Ley provincial 6.238, tienen la obligación de resolver con el dictado de una acordada el modo en que se va a proceder para concretar el reemplazo de los magistrados, en función de lo dispuesto por la Ley Provincial 7.853, de adhesión a la Ley Nacional 24.018.
Según Iriarte es peligroso e innecesario pedir la colaboración de otros poderes del Estado para resolver la situación.

Jueves 16 de Octubre de 2008
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